Respuesta a la consulta normativa Acuerdo SUGEF 1-21

Reglamento sobre Calculo de Estimaciones Crediticias

En respuesta a la normativa en consulta, FEDEAC envía a la Superintendencia General de Entidades Financieras el análisis de la modificación al Acuerdo 1-05, en lo sucesivo el Acuerdo SUGEF 1-21 propuesto mediante la circular CNS 1631/09 y CNS 1632/09.

Rescatamos que no sólo es el efecto de la estimación para incobrables el que preocupa a las cooperativas de ahorro y crédito, sino los ajustes que en términos tecnológicos tenga que desarrollar la Cooperativa para adecuar los esquemas de calificación de riesgos de 8 niveles (desde A1 hasta E) a 5 niveles (de 1 a 5), además de la segregación por segmento, clasificación por mayorista y minorista, por operación y por deudor y estratificando por diferentes niveles o rangos de atraso adicional a la condicionalidad de inclusión del Comportamiento de Pago Histórico.

Una importante cantidad de cooperativas cuentan con carteras de crédito menores a los 15 mil millones y una modificación en sus sistemas actuales requiere de un mayor tiempo de ajuste de implementación; además, algunas cooperativas tienen dependencias tecnológicas de proveedores externos, lo que sin duda encarecerá significativamente los costos operativos afectando directamente la sostenibilidad financiera de estas entidades.

En esa condición se sugiere extender el plazo de implementación para enero del 2024.

Resultados:

En coordinación con el Área Técnica de la Federación, parte de la respuesta enviada a la SUGEF, fue el desarrollo de un plan piloto con dos cooperativas de ahorro y crédito asociadas que representan en conjunto el 22,3% del total de los activos del sector de las cooperativas de ahorro y crédito supervisadas, con una prueba estadística de cada una de sus carteras (acorde con la segmentación del artículo 5) para determinar los efectos.  Los análisis preliminares del efecto sobre la estimación de esta normativa son en general de una leve disminución.

A efectos de que la propuesta presentada ante la SUGEF tenga éxito se enviaron las consideraciones previas de FEDEAC para la valoración respectiva en términos operativos de implementación y gestión que requiere la norma y mantener la metodología 1-05 por un tiempo adicional prudencial, sin evitar la entrada definitiva para enero 2025.