Sala Constitucional resuelve acciones contra Ley de Usura

La Sala Constitucional resolvió acciones contra Ley de Usura el pasado miércoles 26 de mayo 2021.

La Federación de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Costa Rica R.L. consciente de los efectos que tendría para las Cooperativas de Ahorro y Crédito y el Sistema Financiero en general la eventual declaratoria de inconstitucionalidad de las normas impugnadas por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), fue un actor importante en representación de sus cooperativas afiliadas ante la Sala Constitucional, donde expresamos con criterios técnicos, operativos, normativos y estadísticos del Sector de Cooperativas de Ahorro y Crédito los eventuales efectos de la Acción de Inconstitucionalidad.

Antecedentes 

La Asamblea Legislativa, en junio del 2020, aprobó el expediente legislativo No. 20. 861 -conocido como la Ley de Usura- que reformó varios artículos de la Ley No. 7472 Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor. Como resultado se aprobó la Ley 9859, la cual incluyó el párrafo tercero, del artículo 44 ter, que dice “Cualquier persona física o jurídica que otorgue un crédito que irrespete el salario mínimo intocable al que se refiere el párrafo primero del artículo 172 del Código de Trabajo será sujeta a la sanción considerada como infracción muy grave, de acuerdo con el inciso a) del artículo 155 de la Ley 7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995”. 

Este párrafo tercero del artículo 44 ter de la Ley 9859 fue declarado inconstitucional por la Sala IV según la sentencia 2021-011995 del miércoles 26 de mayo, 2021.

Posteriormente a la aprobación de la Ley 9859, varios legisladores consideraron necesario modificar algunos de los artículos considerados abusivos, y así nació el expediente legislativo No. 22.109 “REFORMA DEL ARTÍCULO 44 BIS Y 44 TER DE LA LEY N° 7472 “LEY DE PROMOCIÓN DE LA COMPETENCIA Y DEFENSA EFECTIVA DEL CONSUMIDOR” que se convirtió en la Ley 9918 el 18 de noviembre del 2020.

Esta Ley 9918 permitió corregir las deficiencias de la Ley 9859. El pasado miércoles 26 de mayo 2021, la Sala IV, mediante sentencia 2021-011996, declaró sin lugar la acción de inconstitucionalidad presentada por la ANEP contra la Ley 9918, confirmando el correcto actuar de las señoras diputadas y los señores diputados durante la tramitación del expediente de ley 22.109 y la aprobación de la ley 9918.

El papel de FEDEAC en la elaboración de la Ley 9918 es nuestra satisfacción en que la Sala IV haya resuelto sin lugar la acción de inconstitucionalidad en contra de esta ley.